Accesibilidad
Declaración de accesibilidad
Introducción
La Diputación de Barcelona se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://bibliotecavirtual.diba.cat/, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:
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Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018
- Es posible que exista algún reproductor de vídeo que no dispone de un modo de operación que permita mostrar los subtítulos existentes [requisito número 7.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Reproducción de subtítulos]
- Es posible que el usuario no pueda adaptar las características de los subtítulos a sus requisitos individuales. [requisito número 7.1.4 de la norma UNE-EN 301549:2022 Características de los subtítulos]
- Es posible que no se proporcionen en todos los casos un modo de operación que facilite una salida hablada de los subtítulos disponibles. [requisito número 7.1.5 de la norma UNE-EN 301549:2022 Subtítulos hablados]
- Alguna página incorpora reproductor de vídeo que no dispone de un modo para seleccionar y reproducir audiodescripciones disponibles [requisito número 7.2.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Reproducción de audiodescripción]
- Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contenido no textual].
- Algunos vídeos grabados pueden no contener subtítulos [requisito número 9.1.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Subtítulos (grabados)].
- Algunos vídeos pregrabados en el sitio web no disponen de audiodescripción o medios alternativos [requisitos número 9.1.2.3 y 9.1.2.5 de la norma UNE-EN 301549:2022 Audiodescripción o medios alternativos (grabado)].
- En alguna página la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 9.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2022 De información y relaciones].
- En alguna página se ha utilizado el color como único medio visual para transmitir información, indicar una acción, provocar una respuesta o distinguir un elemento visual [requisito número 9.1.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Uso del color].
- En alguna página la relación de contraste en texto podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Contraste mínimo].
- En alguna página el contenido puede perder funcionalidad o información al ampliar el contenido [requisito número 9.1.4.10 de la norma UNE-EN 301549:2022 Reajuste del texto].
- En alguna página algunos elementos no tienen el foco del teclado [requisito número 9.2.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Teclado].
- De manera puntual alguna información en movimiento automático no dispone de controles para pausar, controlar u ocultar la información [requisito número 9.2.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Poner en pausa, detener, ocultar].
- De manera puntual algún enlace podría no tener definido el propósito específico de manera textual [requisito número 9.2.4.4 de la norma UNE-EN 301549:2022 Propósito de los enlaces].
- La ubicación del foco no es siempre visible cuando se navega con teclado [requisito número 9.2.4.7 de la norma UNE-EN 301549:2022 Foco visible].
- De manera puntual podría existir algún error de entrada en algún campo/formulario del que no se notificase al usuario la sugerencia para solucionarlo [requisito número 9.3.3.3 de la norma UNE-EN 301549:2022 Sugerencia ante errores].
- En alguna página los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad [requisito número 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Nombre, función, valor].
- Puntualmente algún documento podría no tener identificado el título de la página [requisito número 10.2.4.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Titulado de páginas].
- La documentación del producto no enumera o explica todas las características de accesibilidad disponibles [requisito número 12.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2022 Características de accesibilidad y compatibilidad].
- Los servicios de apoyo no proporcionan toda la información de las características de accesibilidad que se incluyen en la documentación del producto [requisito número 12.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2022 Información de las características de accesibilidad].
- Puede haber documentación suministrada por los servicios de apoyo que no esté en un formato accesible [requisito número 12.2.4 de la norma UNE-EN 301549:2022 Documentación accesible].
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Carga desproporcionada
- No aplica.
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El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
- Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
- Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por la Diputación de Barcelona o que no estén bajo su control, como por ejemplo, archivos ofimáticos.
- Pueden existir archivos pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el día 26/12/2023.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por inSuit el día 18/12/2023.
Última revisión de la declaración: 26/12/2023
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.
Para estas comunicaciones tiene disponible estos canales de comunicación:
- Enlace a formulario: Formulario web
Acorde al artículo 10.2.b del RD 1112/2018, también puede presentar:
- Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018.
- Una solicitud de información accesible relativa a:
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Las solicitudes de información accesible y quejas se pueden presentar a través del FORMULARIO QUEJAS, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Diputación de Barcelona.
Procedimiento de reclamación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada través de FORMULARIO RECLAMACIONES de la Diputación de Barcelona, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Diputación de Barcelona.